Exdirectora de ASFI recomienda tranquilidad a clientes de Fassil: Los ahorros están protegidos por un fondo

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La exdirectora de la autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Lenny Valdivia, recomendó este martes tranquilidad a los ahorristas del Banco Fassil y de cualquier otra entidad financiera, porque -dijo- no hay manera de que pierdan su dinero al estar vigente el Fondo de Protección del Ahorrista.

Ese fondo nació con la Ley 393 de Servicios Financieros que introduce mecanismos para la protección de los ahorristas, con el fin de evitar los problemas que se tuvieron en los años 90 y principios de los 2000, con la intervención y liquidación de algunas entidades financieras.

Valdivia, en contacto con Página Siete, recordó que el Fondo de Protección al Ahorrista está conformado por un directorio constituido por el Ministro de Economía, el presidente del BCB y director de la ASFI, que y es una entidad con patrimonio propio, tiene autonomía de gestión administrativa financiera y técnica, y tiene duración indefinida.

Ese fondo se financia con los aportes que realizan las entidades financieras en porcentajes fijados en función a su patrimonio.

Además, el fondo tiene la finalidad de apoyar cualquier procedimiento de solución de cualquier entidad del sistema financiero que hubiese sido intervenida por la ASFI.

“A partir de eso, podemos decir con certeza que el ahorrista de ninguna entidad financiera regulada supervisada por ASFI va a perder su dinero o ahorro si se presentara alguna situación”, remarcó Valdivia.

La exautoridad sostuvo que tanto la ASFI como la entidad financiera, en este caso el Banco Fassil, deberían brindar información veraz y oportuna a la población.

“Desde la ASFI, un bien que se debe resguardar es la confianza en el sistema financiero y eso se logra saliendo con información veraz para dar tranquilidad a la población. Desde la ASFI, como la entidad financiera, tienen responsabilidad de salir con información”, manifestó.

Recordó que con la Ley de Servicios Financieros se logró, en el pasado, una salida adecuada del sistema de la exmutual La Paz y no hubo ningún problema.

La norma

El Fondo de Protección del Ahorrista (FPAH) fue creado mediante Ley 393 del 21 de agosto de 2013. En el artículo 520 de dicha norma se establece que los recursos del FPAH serán invertidos por el BCB de forma análoga al Fondo de Requerimientos de Activos Líquidos (Fondo RAL).

El Fondo es una persona jurídica de derecho público, de objeto único, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía de gestión administrativa, técnica y financiera y facultades normativas de carácter interno, regida por la presente Ley y las disposiciones establecidas en sus estatutos.

El Fondo de Protección del Ahorrista tiene el objeto de proteger los ahorros de las personas naturales y jurídicas depositados en las entidades de intermediación financiera, a través del apoyo a procedimientos de solución y mediante la devolución de depósitos asegurados de entidades sometidas a procesos de liquidación con seguro de depósitos, profundizando la confianza del público en el sistema financiero y favoreciendo la estabilidad y solvencia del sistema financiero boliviano.

Las entidades de intermediación financiera autorizadas por la ASFI están obligadas a realizar aportes al Fondo de Protección del Ahorrista, en los importes que correspondan a los montos totales de los depósitos que administran, sujetándose a los procedimientos establecidos por la Ley 393 y la reglamentación específica que para el efecto emita el Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo.

Los montos de aporte de las entidades de intermediación financiera serán trimestrales en función al saldo promedio diario de las obligaciones con el público del trimestre anterior, registradas en sus estados financieros. La tasa trimestral de contribución será igual a uno punto veinticinco por mil (1.25 ‰), señala la Ley de Servicios Financieros.

 

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